Trump vulneró sus atribuciones al imponer aranceles del “Día de la Liberación”, determina Tribunal de Comercio
La corte se ampara en la Constitución, que asigna al Congreso la facultad de establecer impuestos y derechos de aduana
Un panel de tres jueces del Tribunal de Comercio Internacional de Estados Unidos determinó que el expresidente Donald Trump “excedió su autoridad” al imponer los llamados aranceles del “Día de la Liberación” el pasado 2 de abril.
El tribunal también anuló los aranceles que Trump impuso a las importaciones de México, Canadá y China, los cuales justificó como una medida para combatir el fentanilo y el narcotráfico procedente de esos países.
En un fallo sin firma difundido este miércoles, los jueces ordenaron la anulación de los aranceles y prohibieron de forma permanente al gobierno aplicarlos.
El tribunal concedió a los demandantes un juicio sumario en lugar de una medida cautelar, al considerar que no existía “ninguna disputa genuina” sobre hechos materiales. Los jueces aclararon que el fallo tendrá efecto en todo el país, ya que las tarifas ilegales no pueden cobrarse a ninguna persona, en ningún lugar.
El Departamento de Justicia presentó de inmediato un recurso contra la sentencia.
La decisión, que representa un duro revés para pilares clave de la política comercial de Trump, se originó a partir de una demanda presentada por los fiscales generales de doce estados y varias pequeñas empresas estadounidenses. En ella, los demandantes solicitaron al tribunal anular los aranceles a la importación, al considerar que Trump había sobrepasado los límites de su autoridad presidencial.
Kris Mayes, fiscal general de Arizona y una de las autoridades que impulsaron la demanda contra los aranceles, celebró la decisión a través de X el miércoles por la noche.
“¡Qué gran noticia! El Tribunal de Comercio Internacional de EE. UU. anuló el esquema ilegal de aranceles de Trump, por considerarlo inválido según la Ley de Poderes Económicos en Caso de Emergencia Internacional (IEEPA)", escribió Mayes. “El presidente no tiene facultades para imponer aranceles de forma unilateral. Me enorgullece haber liderado este caso junto con Oregón para proteger a las familias y pequeñas empresas de Arizona”.
El tribunal sostuvo que los aranceles impuestos por Trump exceden la autoridad que el Congreso otorgó a los presidentes en la Ley de Poderes Económicos en Caso de Emergencia Internacional, una norma de 1977 que define en qué circunstancias el Poder Ejecutivo puede aplicar impuestos a la importación durante una emergencia nacional.
Los jueces afirmaron que los aranceles del “Día de la Liberación” impulsados por Trump, que fijan un impuesto base del 10 % sobre todas las importaciones y tasas aún más altas para casi todos los socios comerciales de Estados Unidos, exceden cualquier autoridad que la IEEPA otorga al presidente para regular las importaciones mediante aranceles.
También rechazaron que Trump usara los poderes de emergencia para aplicar aranceles a las importaciones de México, Canadá y China, ya que esas medidas no respondían de manera específica a “una amenaza inusual y extraordinaria” sobre la cual se haya declarado una emergencia nacional, como exige la ley.
El tribunal desestimó los argumentos del gobierno de Trump, que sostenía que el presidente contaba con amplia autoridad para imponer aranceles en el contexto actual bajo sus poderes de emergencia.
“Una delegación sin límites de la autoridad arancelaria equivale a ceder indebidamente el poder legislativo a otra rama del gobierno”, señalaron los jueces. También añadieron que interpretar la IEEPA como una ley que otorga al presidente poder arancelario ilimitado “resulta inconstitucional”.
Los abogados del gobierno afirmaron que la decisión de Trump de declarar una emergencia nacional y activar sus poderes económicos no debía estar sujeta a revisión judicial. Sin embargo, admitieron que el Congreso podía, al menos en teoría, revertir los aranceles si aprobaba una ley que pusiera fin a la emergencia nacional.
Los jueces sostienen que la IEEPA requiere más que una simple declaración de emergencia para justificar la imposición de aranceles.
Los jueces destacaron que la ley exige la existencia de “una amenaza inusual y extraordinaria respecto de la cual se haya declarado una emergencia nacional” y prohíbe utilizar esa autoridad con otros fines.
También concluyeron que los aranceles no ofrecían una respuesta adecuada al problema del narcotráfico citado por Trump en su declaración. Además, descartaron el argumento del gobierno de que el presidente podía recurrir a esos poderes arancelarios para ejercer presión de forma imprecisa sobre gobiernos extranjeros.
El tribunal sostuvo que el argumento del gobierno sobre ejercer “presión” reconoce, en realidad, que el efecto directo de los aranceles dirigidos a países específicos consiste en imponerles una carga para inducirlos a tomar medidas contra el narcotráfico dentro de sus territorios.
Aunque esta táctica puede funcionar como estrategia diplomática, no encaja claramente en la definición legal de “abordar” la emergencia citada. Según los jueces, resulta difícil imaginar un poder previsto en la IEEPA que no pudiera justificarse bajo el mismo argumento de presión.
El vocero de la Casa Blanca, Kush Desai, criticó la sentencia en un comunicado en el que afirmó que el tribunal no cuestionó el hecho de que “el trato no recíproco” de países extranjeros hacia Estados Unidos provocó “déficits comerciales históricos y persistentes” que, a su vez, generaron una emergencia nacional que diezmó comunidades, dejó atrás a los trabajadores y debilitó la base industrial de defensa del país.
“No les corresponde a jueces no electos decidir cómo debe responder el país ante una emergencia nacional. El presidente Trump asumió el compromiso de anteponer los intereses de Estados Unidos, y su gobierno continuará usando todos los recursos del poder ejecutivo para enfrentar esta crisis y recuperar la grandeza del país”, declaró.
La Casa Blanca logró, en algunos casos, que tribunales de apelación y la Corte Suprema de Estados Unidos suspendieran temporalmente fallos en su contra mientras avanzaban los litigios en instancias inferiores. Sin embargo, los abogados de Trump podrían no conseguir el mismo resultado ante este tribunal.
El Tribunal de Comercio Internacional de EE. UU. es una corte especializada que atiende disputas vinculadas con leyes y litigios comerciales. Sus decisiones deben apelarse ante un único tribunal: el Tribunal de Apelaciones de EE. UU. para el circuito federal.
Ese tribunal también es una corte especializada con jurisdicción nacional, y es el único tribunal de apelaciones del país en el que Trump no designó a ningún juez.
Su alcance nacional impide que el gobierno argumente ante la Corte Suprema la existencia de un desacuerdo entre tribunales de circuito, como ocurre en otras regiones del país. Además, el alto tribunal ha mostrado en varias ocasiones poca disposición a intervenir en apelaciones provenientes del circuito federal.
Traducción de Leticia Zampedri