Polémica en Colombia tras decisión de Petro de decretar la consulta popular que negó el Senado

La decisión del presidente colombiano Gustavo Petro de convocar próximamente mediante un decreto la consulta popular, en la que los ciudadanos votarían por cambios al sistema laboral, abrió el miércoles un amplio y agitado debate en el país sudamericano sobre su viabilidad legal.
La nuez del asunto es que la ley colombiana exige, como requisito previo, que el Senado se pronuncie sobre la conveniencia de convocar a una consulta popular. Los congresistas votaron 49 a 47 negando la consulta popular el 14 de mayo, pero el gobierno desconoció el resultado al considerar que se cometió “fraude” y una supuesta falla en el procedimiento de votación.
Al desconocer la votación, Petro argumentó el martes que puede expedir el decreto presidencial porque el Senado no se ha pronunciado ni a favor ni en contra de la consulta popular.
“El Senado no hundió la consulta popular. No se leyó sobre qué votaban los senadores y eso es un requisito indispensable según la ley. Si pasan 30 días sin tomar decisión, queda facultado por ley, el presidente de la república para decretarla”, indicó el presidente el miércoles en su cuenta de X, antes Twitter.
Petro quiere que los ciudadanos se pronuncien sobre si quieren que la jornada diurna dure un máximo de ocho horas y se termine a las 6 de la tarde, se apliquen recargos del 100% a los dominicales, se prioricen los contratos a término fijo y los trabajadores en plataformas de reparto acuerden su tipo de contrato y prestaciones sociales.
Tras el anuncio de Petro, ocho partidos políticos de oposición rechazaron la inminente convocatoria del decreto al considerar que sería de un acto “inconstitucional” por parte del gobierno.
“Esta decisión, de concretarse, representaría una violación grave, abierta y directa a la Constitución, una ruptura de la separación de poderes y un golpe directo al Estado de Derecho”, señaló el comunicado firmado por partidos como Cambio Radical, Centro Democrático, Mira y Conservador. Insisten en que el Congreso “ejerció su función constitucional al no aprobar dicha consulta, y esta decisión debe ser respetada”.
De otra parte, el Pacto Histórico, movimiento político de Petro, calificó la decisión de “legítima, valiente y constitucional” para que la ciudadanía decida en las urnas. “Es la respuesta constitucional a un bloqueo institucional vergonzoso y a un procedimiento legislativo viciado de origen”, indicó el miércoles Pacto en un comunicado.
De fondo está la discusión jurídica sobre la viabilidad del eventual decreto presidencial, que podría ser demandado.
El exfiscal y exmagistrado Eduardo Montealegre, quien respalda la decisión del gobierno, explicó a la prensa que a su juicio el Senado “incurrió en varios vicios de inconstitucionalidad” que no se pueden subsanar. “En ese caso, como la decisión del Congreso jurídicamente es inexistente, el presidente puede convocar vía decreto la consulta y eso hará antes del 11 de junio”.
Del otro lado están quienes consideran que jurídicamente no es viable la expedición del decreto. El abogado constitucionalista Juan Manuel Charry dijo a The Associated Press que si no hay consenso previo del Senado, no se cumple la Constitución y, por tanto, Petro no tendría la competencia de convocar la consulta popular.
Sin embargo, Charry puntualizó que la consulta popular podría llegar a votarse en las urnas antes que un tribunal se pronuncie, dado que la Corte Constitucional lo haría en caso de que la consulta supere el umbral requerido y el Congreso deba expedir leyes para cumplir el mandato ciudadano.
Para que la decisión tomada por la ciudadanía sea obligatoria, la consulta popular debe superar el umbral con la participación de la tercera parte de los electores que componen el censo electoral, es decir, superar los 13 millones de votos.
Charry indicó que también existe la posibilidad de que la Registraduría Nacional —encargada de la logística de las votaciones— se abstenga que habilitar las urnas para la consulta alegando que no se cumplen los requisitos que exige la Constitución.