Corte Suprema da 15 días a Costa Rica para liberar a migrantes deportados de Estados Unidos

La Corte Suprema de Justicia de Costa Rica dio 15 días a las autoridades migratorias del país para que definan la situación legal y liberen a una treintena de personas que fueron deportadas desde Estados Unidos en febrero y que aún permanecen sin poder salir en un centro de atención temporal para migrantes.
La sala constitucional del alto tribunal resolvió un recurso de habeas corpus el martes en la noche presentado por organizaciones locales e internacionales así como por la Defensoría de los Habitantes costarricense a favor de 28 migrantes que el país recibió de Estados Unidos y que quedaron recluidos en el Centro de Atención Temporal para Migrantes (Catem), cerca de la frontera con Panamá.
Como parte de un acuerdo entre los gobiernos de Costa Rica y Estados Unidos, el país centroamericano permitió la llegada de 200 migrantes deportados, en su mayoría africanos y asiáticos, entre los que había 81 niños. La mayor parte fueron después enviados de regreso a sus países de origen.
La Dirección de Migración y Extranjería confirmó el miércoles que quedan en el Catem 28 personas originarias de Armenia, Rusia, Turquía, Afganistán, Irán y Azerbaiyán. La Corte Suprema ordenó que su situación migratoria sea definida en un plazo de 15 días y después que sean liberados.
Según el caso, podrían solicitar asilo, refugio o acogerse a la repatriación voluntaria.
El recurso hábeas corpus cuestionaba que se privó de libertad a las personas que ingresaron al centro temporal para migrantes. Además, indicaba que les fueron retirados sus documentos de identidad, que no se les informó adecuadamente de su situación, se les limitó su contacto con el exterior y no se les ofreció la posibilidad de regularizar su situación migratoria.
Al respecto, Omer Badilla, viceministro de Gobernación y Policía y director de Migración, replicó el miércoles que, de las 200 personas que ingresaron a Costa Rica en febrero, 132 retornaron a sus países voluntariamente, mientras que otras han solicitado refugio en Costa Rica y ya han salido del Catem. Afirmó que no es cierto que estuviesen privadas de libertad.
Además, aseguró que la categoría migratoria de estas personas está definida como “condición humanitaria”, por lo que considera que “estos dos extremos en los que la Sala Constitucional nos condena están totalmente alejados de la realidad”.
La sala constitucional recogió en su resolución que sí se lesionó el derecho fundamental a la libertad de los migrantes y consideró acreditado que no se les brindó información oportuna ni suficiente sobre su estatus migratorio. Tampoco se les permitió el libre contacto con los medios de comunicación, ni se les informó sobre la posibilidad de solicitar refugio.
Dentro del mismo plazo de 15 días, el alto tribunal también dispuso que se valore la situación individual de cada migrantes y que se coordine con las entidades públicas pertinentes "qué tipo de asistencia en salud, educación, vivienda y, en general, de tipo social requieren por parte del Estado”.