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México: Corte Suprema vuelve a pronunciarse sobre cannabis

La Suprema Corte de Justicia de México le concede el amparo a una persona que fue enjuiciada penalmente por poseer más de 5 gramos de marihuana para su consumo personal, y falla que es inconstitucional fijar esa cantidad como determinante de si estaba cometiendo un delito o no. Sin embargo, según aclara en un comunicado, eso no significa que la posesión de cannabis quede despenalizada, sino que deberá determinarse en cada caso cuándo esa posesión es con fines de consumo y cuándo con fines de...

AP Noticias
Miércoles, 11 de mayo de 2022 22:23 EDT
MÉXICO-MARIHUANA
MÉXICO-MARIHUANA (AP)

La Suprema Corte de Justicia de México le concedió el amparo el miércoles a una persona que fue enjuiciada penalmente por poseer más de 5 gramos de marihuana para su consumo personal, y falló que era inconstitucional fijar esa cantidad como determinante de si estaba cometiendo un delito o no.

Sin embargo, según aclaró el máximo tribunal en un comunicado, la decisión sólo afecta a la persona que se amparó y no significa despenalizar la posesión del cannabis, sino que deberá determinarse en cada caso cuándo esa posesión es con fines de consumo y cuándo es con fines de distribución.

Paradójicamente, consumir marihuana en México no es delito desde 2021.

“Es una incongruencia total”, dijo el académico Alejandro Madrazo, del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE). “La Corte no está haciendo honor a sus propios antecedentes”.

Desde 2015, este tribunal se ha pronunciado a favor del derecho constitucional a consumir marihuana con fines recreativos, y el año pasado quedó definitivamente establecido con carácter general que el consumo no podía ser penalizado.

Sin embargo, su uso tampoco está legalizado ni regulado —quien quiera consumir tiene que pedir un permiso— porque la Suprema Corte le pidió al Congreso que legislara al respecto, pero los diputados y senadores no han conseguido acordar cómo hacerlo.

Quitar unos gramajes que los expertos consideraban sin fundamento era una petición de muchos activistas pero, según explicó Madrazo, el alto tribunal tenía ahora una buena oportunidad para avanzar en la línea que lo hizo antes y despenalizar por completo la posesión simple de cannabis, es decir, la no destinada a la distribución. Pero no lo hizo.

A partir de ahora lo único que cambia es que se abre la puerta a que sea el ministerio público quien decida si la marihuana que posee la persona es para su consumo o no, y sólo llevará a ese individuo ante el juez si considera que es para distribución.

El problema, añadió el académico, es que esta opción deja espacio a muchas arbitrariedades. La mayoría de las personas encarceladas en casos de drogas lo están por posesión simple, porque la policía no acredita que haya sido para venderla.

El uso medicinal ya había sido aprobado en 2017.

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